info completa

LICENCIA DE DESPACHANTE DE AERONAVE

SUBPARTE C - LICENCIA DE DESPACHANTE DE AERONAVE

contenidos

Esta Subparte establece los requisitos que deberá satisfacer el solicitante de la Licencia de Despachante de
Aeronave, las condiciones de otorgamiento, sus habilitaciones, atribuciones y limitaciones.

más info

Contacto: (351) 4508050
comunicaciones@aeroclubcordoba.com.ar

65.59 Atribuciones y limitaciones

El titular de una licencia de Despachante de Aeronave que hubiere sido habilitado de conformidad con lo establecido en la Sección 65.57, podrá prestar servicios en calidad de tal en cualquier oficina de despacho (manual o mecanizado) o en oficinas centros de despacho sistematizados autorizados por la autoridad aeronáutica competente, salvo que permanezca por más de 12 meses sin realizar actividades. En este supuesto
deberá, antes de reiniciar su actividad, ser rehabilitado por un Inspector de la especialidad designado por la autoridad aeronáutica competente.

ya quieres comenzar?
Abrir chat
En qué podemos ayudarte?
En qué podemos ayudarte?